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Declaran culpable a imputado por crimen de Nicole Saavedra

QUILLOTA. Tribunal lo condenó por secuestro con violación y homicidio y la pena se conocerá el viernes 29 de este mes.
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Cristián Rojas M.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota dictó ayer un veredicto condenatorio en contra de Víctor Alejandro Pulgar Vidal, a quien declaró culpable en calidad de autor del delito consumado de secuestro con violación y homicidio, ilícito cometido en junio de 2016, en contra de la joven lesbiana de 23 años Nicole Saavedra.

En resolución unánime, el tribunal -integrado por las magistradas Leticia Morales (presidenta), Genoveva Matteucci y Mónica Oliva (redactora)-, tras la deliberación de rigor, dio por establecido tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable de Pulgar Vidal en los hechos.

En la causa, el tribunal resolvió decretar la absolución de Pulgar Vidal de la acusación que lo sindicaba como autor del delito consumado de hurto simple, al dar por acreditado que, si bien el acusado sustrajo el teléfono celular de la víctima, dicha sustracción "tenía por objeto reforzar la situación de privación de libertad de la víctima, impidiendo que se contactara con otras personas, o que pudiera ser hallada mediante mecanismos tecnológicos asociados al aparato, lo que permite descartar el ánimo de lucro en la apropiación, por lo que su conducta no es apta para configurar el delito de hurto por el que fue acusado", razonaron las magistradas.

Una semana secuestrada

Para arribar a la decisión de condena, el tribunal consideró y valoró toda la prueba testimonial, pericial, documental, informes toxicológicos y fotografías rendidas durante el juicio oral, probanzas que permitieron, más allá de toda duda, adquirir la convicción de que Pulgar secuestró a la joven luego de que ésta abordara el bus de la locomoción colectiva que él conducía la mañana del 18 de junio de 2016, máquina que abordó Nicole a las 7.40 horas en Quillota, para devolverse a su casa, en Nogales, luego de una fiesta.

Una vez a bordo del bus, el condenado le arrebató su celular y la secuestró, manteniéndola privada de libertad hasta el 24 de junio, cuando la obligó a beber alcohol en grandes cantidades, para luego proceder a violarla y golpearla brutalmente, causándole la muerte, y luego abandonando el cuerpo en el sector del embalse Los Aromos, en Limache, donde fue encontrada al día siguiente por transeúntes.

En la causa, el tribunal, por mayoría, consideró que el acusado actuó con alevosía, agravante de responsabilidad penal.

La audiencia de comunicación de la sentencia -que será redactada por la magistrada Oliva- quedó programada para las 13.00 horas del próximo viernes 29 de octubre, ocasión en que se dará a conocer la pena que se le impondrá a Pulgar, que ya está en la cárcel de Valparaíso cumpliendo dos condenas por violaciones a menores de edad.

El fiscal César Astudillo destacó que "el veredicto condenatorio viene a satisfacer las pretensiones que tenía la Fiscalía, la pretensión de justicia, sobre todo del entorno familiar más directo, la madre de Nicole; como una manera de reparar, en parte, el gran dolor que provocó este hecho, y de generar una respuesta también del sistema, que estuviera a la altura de la gravedad y de la crueldad con que actuó Víctor Pulgar esa semana".

Sobre la consideración de secuestro con violación y homicidio como un solo delito, en vez de secuestro como un ilícito y violación con homicidio como otro, el persecutor comentó que "si bien hay una diferencia de calificación, lo importante es que esa norma contempla lo que hemos pretendido desde el inicio: la pena de presidio perpetuo calificado, y además considerando que el tribunal acogió una agravante, lo que en la práctica significa que no puede aplicar las penas más bajas que contempla esa norma".

Por su parte, el defensor público Patricio Jiménez señaló que una vez que se dé a conocer la sentencia, evaluará la posibilidad de presentar un recurso de nulidad. "Por ahora no puedo adelantar ninguna decisión, ya que es fundamental tener a la vista la sentencia que el próximo viernes dictarán los magistrados", explicó el abogado.

"El veredicto condenatorio viene a satisfacer la pretensión de justicia que tenía la Fiscalía y el entorno familiar".

César Astudillo, Fiscal

"No puedo adelantar ninguna decisión, ya que es fundamental tener a la vista la sentencia que dictarán el viernes".

Patricio Jiménez, Defensor Público

Revocan medida que impedía revegetar dunas

CONCÓN. Reconsa busca plantar cerca del Santuario de la Naturaleza.
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El Segundo Tribunal Ambiental acogió, con dos votos contra uno, las solicitudes de alzamiento de la medida cautelar de paralización del proceso de revegetación que realiza la Sociedad Urbanizadora Reñaca Concón S.A. (Reconsa) en un sector aledaño al Santuario de la Naturaleza Campo Dunar de Concón.

Las solicitudes de alzamiento de la medida cautelar fueron presentadas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Reconsa, en el marco de la reclamación presentada en el Tribunal por la Corporación Pro-Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y la Fundación Yarur Bascuñán, en contra de la resolución de la SMA que aprobó el programa de cumplimiento de la empresa. Cabe recordar que a mediados de septiembre de este año, el tribunal había acogido la solicitud de medida cautelar presentada por la reclamante.

En el análisis de los nuevos antecedentes presentados, el tribunal concluyó que la naturaleza de la medida de revegetación contenida en la acción N° 4 del programa de cumplimiento refundido, busca hacerse cargo de los efectos que podrían haberse generado con ocasión de la infracción.

El tribunal también constató -en base a los antecedentes aportados- que no existe susceptibilidad de impacto evidente al Santuario de la Naturaleza Campo Dunar Punta de Concón, atendida la naturaleza de la acción de revegetación planteada, lo que lleva a concluir -dice- que no hay peligro en la demora. "Lo referido, sin perjuicio del análisis de fondo que este Tribunal efectuará en su momento", agrega.

"Que, de conformidad con todas las consideraciones anteriores, el Tribunal concluye que los supuestos que fundamentan una medida cautelar de la naturaleza decretada en autos no concurren. De igual forma, tampoco se han acompañado antecedentes suficientes que permitan mantener la medida cautelar", concluye el fallo que levantó la medida.

Las solicitudes de alzamiento de la medida cautelar fueron conocidas por los ministros Alejandro Ruiz, presidente, Cristián Delpiano y Cristián López, luego de audiencia al efecto, y su levantamiento fue acordado con el voto en contra del ministro Delpiano.

"Los supuestos que fundamentan una medida cautelar de la naturaleza decretada en autos no concurren".

Fallo del 2° Tribunal Ambiental

Último informe epidemiológico del Minsal presenta pequeña alza en casos

COVID-19. Médico infectólogo UV hizo énfasis en la importancia de vacunarse con todas las dosis.
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El Ministerio de Salud (Minsal) puso a disposición el 156° Informe Epidemiológico, junto al Informe Estrategia Nacional de Testeo, Trazabilidad y Aislamiento y el Informe de Incidencia y gravedad de casos covid-19 según antecedentes de vacunación.

En ellos se vislumbra un alza en los casos activos a nivel nacional y regional, con una positividad bajo un 3%. Al respecto, el médico infectólogo Rodrigo Cruz, director del Centro de Diagnóstico e Investigación de Enfermedades de la Universidad de Valparaíso (UV), indicó que "es bastante aceptable" este resultado.

"Hay un aumento de casos en las últimas cuatro semanas, que ya se venía manifestando previo a la semana de Fiestas Patrias y se vio potenciado por aglomeraciones y reuniones de familia o grupos grandes", explicó, indicando, además, que es importante estar atentos a las próximas dos semanas por "si es que se consolida y este aumento es progresivo y constante para decir recién si es un rebrote o no". Además, Cruz hizo hincapié en la importancia de las cifras de incidencia y gravedad de los casos de covid-19 según el antecedente de vacunación, ya que es ahí donde destaca que los pacientes que ingresan a UCI o fallecen "son principalmente personas que no tienen la protección por vacuna o tienen una protección incompleta".

"En el caso de los pacientes que tienen una vacunación incompleta o no tienen vacunación, tienen una incidencia de 1.1 por 100 mil habitantes para ingreso UCI, versus 0.5 de aquellos que tienen una vacunación completa, siendo más del doble lo que varía, y en los casos con dosis de refuerzo, esto es 0", concluyó.